SERVICIOS FINANCIEROS NO REEMBOLSABLES (CAPITAL SEMILLA- “IKAL”-ENERGÍA VITAL)

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Los financiamientos en su modalidad Capital Semilla, serán no  reembolsables, es decir no pagaderos ni constituyen un adeudo y se  identificarán con el nombreIKAL ( Energía vital), tienen por objeto  otorgar recursos a las personas emprendedoras, transformar ideas  innovadoras y creativas en negocios, contarán con seguimiento o en su  caso supervisión de FONDESO para que puedan convertirse en productos o  servicios reales.

Beneficiarios

Personas físicas, que no hayan recibido una asignación previa de Capital  Semilla por parte del FONDESO, con residencia comprobable en la Ciudad  de México, que tengan la intención de desarrollar iniciativas de  emprendimiento o actividades productivas de autoempleo.

Monto del Financiamiento

Monto único:  $25,000.00 (Veinticinco mil pesos 00/100 M.N.)

Requisitos

Requisitos

Las personas solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a)Identificación Oficial vigente con fotografía, pudiendo ser: credencial para votar, cédula profesional, pasaporte o cartilla militar. Para los casos de personas migrantes de retorno, se podrá solicitar Constancia de Inscripción al Padrón de Huéspedes y Migrantes en Retorno de la Ciudad de México expedida por la Secretaría de Bienestar e Igualdad Social de la Ciudad de México, o en su caso, la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México;

b)Clave Única de Registro de Población (CURP), certificada (requisito aplicable para personas de nacionalidad mexicana;

c)Comprobante de domicilio en la Ciudad de México, vigente (sólo en caso de que el domicilio completo no aparezca en la identificación oficial);

d)Correo electrónico, teléfono móvil o en su caso teléfono fijo, para dar seguimiento a la solicitud al financiamiento no reembolsable;

e)Presentar debidamente requisitados los siguientes formatos proporcionados por el FONDESO: Solicitud de financiamiento, formato de idea de negocio y manifiesto bajo protesta de no haber recibido una asignación previa de Capital Semilla por parte del FONDESO; y

f)Carta de aceptación de acompañamiento, asesoría o en su caso seguimiento por parte del personal que para tal efecto designe el FONDESO.


Todos aquellos casos no previstos en estas Reglas de Operación serán resueltos por la Dirección General del FONDESO a través de la unidad administrativa Jurídica en coordinación con la unidad administrativa encargada de Capital Semilla.

Procedimiento de otorgamiento

a)Recepción de solicitudes: en Módulos de Atención u Oficinas Centrales del FONDESO.

b)Formalización: mediante instrumento jurídico proporcionado por el FONDESO que establezca, entre otras cosas, condiciones de entrega, ejecución y comprobación.



Entrega del financiamiento

El  monto correspondiente al presente producto financiero no reembolsable  podrá otorgarse en una o hasta dos ministraciones dependiendo de la  naturaleza del negocio.

Obligaciones de las personas usuarias del servicio financiero no reembolsable


a)Aplicar los recursos para la conceptualización de la idea de negocio, así como para la compra de insumos, infraestructura o recursos materiales para la realización de su emprendimiento o negocio;

b)Sujetarse a la supervisión que establezca el FONDESO;

c)Cumplir con el plan de trabajo y los indicadores de resultado comprometidos;

d)Presentar los informes y comprobaciones en los plazos que solicite FONDESO;

e) Colaborar en las actividades de monitoreo y evaluación del programa; y

f)Las demás que establezca el FONDESO.


Causas de incumplimiento


Se considerará incumplimiento y procederá la suspensión de entrega del recurso financiero no reembolsable en los siguientes casos:


a)Que el recurso se destine a otros fines distintos a la idea de negocio o emprendimiento;

b)Incumplimiento conforme a la supervisión que realiza el FONDESO;

c)Presentación de información o documentación falsa o apócrifa que se detecte durante la supervisión; y

d)Negativa a permitir revisiones, visitas, seguimiento o acompañamiento.


Todos aquellos casos no previstos en las presentes Reglas de Operación, serán resueltos por la Dirección General del FONDESO, a través de la unidad administrativa encargada de Capital Semilla.


Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.

Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.